La justicia ambiental es el tratamiento justo y la participación significativa de todas las personas independientemente de su raza, color, origen nacional, cultura, educación o ingreso con respecto al desarrollo, implantación, aplicación de las leyes, reglamentos y políticas ambientales. El tratamiento justo significa que ningún grupo de personas, incluyendo los grupos raciales, étnicos o socioeconómicos, debe sobrellevar desproporcionadamente la carga de las consecuencias ambientales negativas como resultado de operaciones industriales, municipales y comerciales o la ejecución de programas ambientales y políticas a nivel federal, estatal, local y tribal. La participación significativa resulta cuando: (1) los residentes comunitarios potencialmente afectados tienen una oportunidad apropiada para participar en las decisiones sobre una actividad propuesta que afectará su ambiente y/o salud; (2) la contribución del público puede influir el proceso de tomar decisiones reglamentarias de la agencia; (3) las preocupaciones de todos los participantes involucrados tomarán en cuenta el proceso de toma de decisiones; y (4) las personas que toman decisiones deben buscar y facilitar la participación de aquellas personas y grupos que estén potencialmente afectados por sus decisiones.